viernes, 14 de diciembre de 2012

3ª reunión del periodo de consultas del ERE

a las 11 horas del 13  de  diciembre de  2012 se  inicia la  tercera sesión del  periodo de consultas del despido colectivo de Tradia Telecom.

La representación social  en  su  conjunto manifiesta que  no  concurren las  causas alegadas por  la empresa para  la amortización de los  43  puestos que  pretende  la empresa (inicialmente 46).

A tal  efecto, la  representación social  presenta unos  estudios que ha efectuado sobre   la  carga de  trabajo de las  áreas   de  tecnología  y   explotación  que se añade a las argumentaciones presentadas en la anterior sesión para el área de negocio, demostrando   que  el informe presentado por la empresa  no se ajusta a la realidad.

Tras  varios recesos y deliberaciones,  la  representación social  y la empresa llegan a los siguientes puntos en común referentes a las condiciones para  el despido  colectivo:

a)      El número de trabajadores afectados por el ERE será de 21,   por   ser  éste  el número de  trabajadores que  actualmente tienen   55  años  y  por  lo  tanto ser éste  un  número que  podría  ser cubierto con  prejubilaciones voluntarias y bajas incentivadas. Si  hubiera más  de 21 personas que  aceptan la extinción de su contrato, se admitirían dichos voluntarios hasta   alcanzar las  46  afectaciones. En caso  de no haber  suficientes voluntarios se podrían cubrir con forzosos hasta  llegar a la cifra máxima de 21 extinciones de contrato.

b)      Un plan  de rentas  para  trabajadores que a fecha  de 31 de Diciembre de 2012  tuvieran 55 años o más y 10  años  de antigüedad en  la compañía,  y cuyos  contratos se extingan con 57 años cumplidos.
Para calcular  la renta  se computarán todas  las retribuciones percibidas en el último año que sean cotizables. El porcentaje de renta  que se garantiza será del 75%  del salario  neto.

c)      Las  personas   que  no  reúnan   los  requisitos del  plan  de  rentas, tendrían una  indemnización de 45  días  con  limite 42  mensualidades hasta el 12 de Febrero de 2012 y 33 días con límite 24 mensualidades a partir del 12 de Febrero de 2012, más  una  cantidad  a tanto  alzado  ("lineal") en función  de los  años de antigüedad, de las siguientes cantidades:
·        De 0 a 5 años: 1.500 Euros
·        De 5 años y un día a 10 años: 3.000 Euros
·        De 10 años y un día a 20 años: 5.000 Euros
·        Mas de 20 años: 8.000 Euros
La  empresa manifiesta  que  estas  condiciones serían las  mismas tanto si el  trabajador  acepta el  despido como   si  la  extinción de  su  contrato  de trabajo es forzosa.

d)      Si una  persona que reúne los requisitos del plan  de rentas prefiere una indemnización a tanto alzado se le  abonaría la  indemnización de  20  días tope  12  mensualidades.


Además la representación social  solicita que:

  1. Se mantengan las aportaciones al plan  de pensiones y el seguro médico durante 6 años. 
  2. El complemento mensual que  perciban las  personas en  el  plan  de  rentas se  vea  incrementado anualmente en  un  1%  de  la  misma manera que  el convenio especial. 
  3. Durante un  período de 2 años  las condiciones pactadas sean  de aplicación a despidos individuales y colectivos. 
  4. Ultractividad del  convenio colectivo hasta   que  no  se  alcance un  acuerdo sobre  el  nuevo convenio colectivo, para que en caso de no conseguir un nuevo convenio los trabajadores no queden desprotegidos.

Para finalizar la reunión la parte social  propone  la   modificación  de  una serie de artículos sobre el convenio colectivo.

La empresa manifiesta que  va  a valorar la propuesta de la  representación social y  que   al   igual  que   ella   considera  adecuado acordar  de  forma  simultánea al despido colectivo el nuevo  convenio colectivo.

Las partes se emplazan a una  quinta reunión el día 17  de diciembre a las  16h.