a las 11 horas del 13 de diciembre de 2012 se inicia la tercera sesión del periodo de consultas del despido colectivo de Tradia Telecom.
La representación social en su conjunto manifiesta que no concurren las causas alegadas por la empresa para la amortización de los 43 puestos que pretende la empresa (inicialmente 46).
A tal efecto, la representación social presenta unos estudios que ha efectuado sobre la carga de trabajo de las áreas de tecnología y explotación que se añade a las argumentaciones presentadas en la anterior sesión para el área de negocio, demostrando que el informe presentado por la empresa no se ajusta a la realidad.
Tras varios recesos y deliberaciones, la representación social y la empresa llegan a los siguientes puntos en común referentes a las condiciones para el despido colectivo:
a) El número de trabajadores afectados por el ERE será de 21, por ser éste el número de trabajadores que actualmente tienen 55 años y por lo tanto ser éste un número que podría ser cubierto con prejubilaciones voluntarias y bajas incentivadas. Si hubiera más de 21 personas que aceptan la extinción de su contrato, se admitirían dichos voluntarios hasta alcanzar las 46 afectaciones. En caso de no haber suficientes voluntarios se podrían cubrir con forzosos hasta llegar a la cifra máxima de 21 extinciones de contrato.
b) Un plan de rentas para trabajadores que a fecha de 31 de Diciembre de 2012 tuvieran 55 años o más y 10 años de antigüedad en la compañía, y cuyos contratos se extingan con 57 años cumplidos.
Para calcular la renta se computarán todas las retribuciones percibidas en el último año que sean cotizables. El porcentaje de renta que se garantiza será del 75% del salario neto.
c) Las personas que no reúnan los requisitos del plan de rentas, tendrían una indemnización de 45 días con limite 42 mensualidades hasta el 12 de Febrero de 2012 y 33 días con límite 24 mensualidades a partir del 12 de Febrero de 2012, más una cantidad a tanto alzado ("lineal") en función de los años de antigüedad, de las siguientes cantidades:
· De 0 a 5 años: 1.500 Euros
· De 5 años y un día a 10 años: 3.000 Euros
· De 10 años y un día a 20 años: 5.000 Euros
· Mas de 20 años: 8.000 Euros
La empresa manifiesta que estas condiciones serían las mismas tanto si el trabajador acepta el despido como si la extinción de su contrato de trabajo es forzosa.
d) Si una persona que reúne los requisitos del plan de rentas prefiere una indemnización a tanto alzado se le abonaría la indemnización de 20 días tope 12 mensualidades.
Además la representación social solicita que:
- Se mantengan las aportaciones al plan de pensiones y el seguro médico durante 6 años.
- El complemento mensual que perciban las personas en el plan de rentas se vea incrementado anualmente en un 1% de la misma manera que el convenio especial.
- Durante un período de 2 años las condiciones pactadas sean de aplicación a despidos individuales y colectivos.
- Ultractividad del convenio colectivo hasta que no se alcance un acuerdo sobre el nuevo convenio colectivo, para que en caso de no conseguir un nuevo convenio los trabajadores no queden desprotegidos.
Para finalizar la reunión la parte social propone la modificación de una serie de artículos sobre el convenio colectivo.
La empresa manifiesta que va a valorar la propuesta de la representación social y que al igual que ella considera adecuado acordar de forma simultánea al despido colectivo el nuevo convenio colectivo.
Las partes se emplazan a una quinta reunión el día 17 de diciembre a las 16h.